Devolución Precios Públicos
NORMATIVA
Resolución Rectoral reguladora de las Normas de matrícula de la Universidad de Sevilla (anual). Buscar apartado "Normativa de Matrícula".
PROCEDE
Artículo 28. Devolución parcial o total de precios
1. Sin perjuicio de la posibilidad de que el interesado pueda solicitar la devolución de precios públicos, procede iniciar este procedimiento de oficio cuando se detecten errores o modificaciones en la situación administrativa o académica del estudiante.
2. Procederá la devolución de precios:
a) En los supuestos establecidos en el artículo 10. (Anulación de matrícula)
b) Cuando se obtenga, con fecha posterior a la del ingreso de los precios públicos, una beca que comporte la compensación de los mismos. Se exceptúan los precios públicos por servicios administrativos y el seguro escolar, en los términos previstos reglamentariamente.
c) Cuando la cantidad abonada sea superior a los precios públicos en vigor, bien por tener derecho el estudiante bien como consecuencia de errores materiales o de cálculo, el estudiante tendrá derecho a la devolución del exceso abonado.
SOLICITUDES
Se puede solicitar:
- de manera presencial, pidiendo CITA PREVIA para la Secretaría del Centro
- a través del Registro Electrónico de la Universidad de Sevilla (telemáticamente). Para ello el interesado debe tener certificado digital o DNI electrónico y tendrá que adjuntar archivo con su DNI/Pasaporte en vigor.
- o por Registro Electrónico de cualquier Administración Pública (Por ejemplo: Ayuntamientos)
- o bien, enviando un correo electrónico a fce-gealumnos@us.es.,adjuntando copia de su D.N.I. / Pasaporte en vigor.
DOCUMENTACIÓN
- D.N.I. / Pasaporte
- Se deberá aportar siempre fotocopia del D.N.I. de el/la estudiante
- La documentación que en su caso proceda según el motivo de la devolución.
- Si la devolución se va a realizar en una cuenta que no es titularidad del alumno/a, se deberá aportar fotocopia del D.N.I. del titular y autorizar expresamente a que la devolución se haga efectiva en dicha cuenta.
Créditos superados en la Tercera Convocatoria
REQUISITOS
El/La estudiante de Grado y Máster que haya superado los exámenes de alguna/s asignatura/s en la tercera convocatoria, tendrá derecho a la deducción del 70% del precio abonado en la matrícula correspondiente a dicha/s asignatura/s.
PROCEDIMIENTO
La deducción del 70% se realizará de oficio una vez cerradas la totalidad de las actas correspondientes a la tercera convocatoria, procediéndose de la siguiente forma:
- Si existieran recibos fraccionados no vencidos, el importe a devolver se aminorará en estos recibos.
- Si el importe a devolver es superior al de los recibos no vencidos o si en el momento de la tramitación de la devolución ya se ha pagado la totalidad de la matrícula, se generará un recibo por el importe a devolver, que se tramitará de oficio por parte de la Universidad de Sevilla.
Los estudiantes podrán consultar su matrícula ya actualizada a través de https://sevius.us.es/, Dicha actualización suele realizarse a mediados del mes de febrero de cada año.
Para hacer efectiva la devolución que en su caso proceda, es necesario que en el expediente de el/la estudiante conste una cuenta corriente válida y activa.
Para ello, se comprobará que el/la estudiante disponga en su expediente de un IBAN válido, activo y cuyo titular sea el/la mismo/a estudiante.
Si en el expediente de el/la estudiante no existe ninguna cuenta válida y activa no se podrá realizar la devolución de oficio, por lo que el estudiante deberá facilitar a la Secretaría los datos de la cuenta, que se solicitarán por parte de la Secretaría por email.
Bonificación del 99% de la Junta de Andalucía
REQUISITOS
La Junta de Andalucía aprobó en 2017 una bonificación del 99% de los créditos universitarios aprobados en primera matrícula, que se aplicará al alumnado de centros propios y adscritos de las universidades públicas andaluzas con independencia de su situación económica.
A dicha bonificación tienen derecho todos/as los/as estudiantes de los centros propios y adscritos de las Universidades Públicas Andaluzas que cumplan con los siguientes requisitos:
- Tengan créditos aprobados en primera matrícula computables y no tengan la condición de becarios del Ministerio de Educación y Formación Profesional, cuyos gastos de matriculación soporta el Estado.
- En los estudios de grado tendrán derecho a dicha bonificación los estudiantes que hayan estado matriculados en centros propios o adscritos de las universidades públicas andaluzas, durante el curso académico anterior a aquél en el que se matricula, tomándose en cuenta a efectos de la bonificación los créditos correspondientes a asignaturas superadas en primera matrícula en dicho curso.
- En el caso de los estudiantes de Máster que inician dichos estudios por primera vez, la bonificación se aplicará teniendo en cuenta los créditos aprobados en el grado en primera matrícula en los dos cursos académicos anteriores al que se realiza la matrícula, siempre que dichos créditos no hubiesen ya generado derecho a bonificación.
- A los que tengan la condición de becarios del Ministerio de Educación y Formación Profesional, se les aplicará a los créditos matriculados en 2ª y sucesivas veces, que no los cubre dicha beca, siempre y cuando tengan créditos aprobados en primera matrícula computables.
- El alumnado que reúna los requisitos académicos para obtener la beca del Ministerio de Educación (MEFP), tendrá en cuenta que si hubiese disfrutado de beca del Ministerio durante el curso previo deberá aportar la solicitud de beca para el curso siguiente en que se matricule. Y si no hubiese disfrutado de beca durante el curso previo deberá, o bien acreditar la solicitud de beca para el curso siguiente, o bien presentar, declaración responsable de no cumplir los requisitos económicos para su obtención.
A TENER EN CUENTA
El primer año de los estudios de grado en una universidad andaluza no se aplica. Hay que abonar la matrícula del primer curso en su totalidad, salvo que el/la estudiante tenga derecho a otro descuento aplicable (Beca MEFP, Fam. Numerosa..). A partir del segundo año se bonifican al 99% los créditos aprobados en primera matrícula el año anterior en la universidad andaluza.
Por lo tanto, esta bonificación no es aplicable a los/as estudiantes de nuevo ingreso de un grado, salvo que hayan cursado una titulación oficial en un centro propio o adscrito a Universidades Públicas de Andalucía en el curso anterior, y haya superado alguna asignatura en su primera matrícula.
No es necesario haber aprobado todo para que se aplique la bonificación. La bonificación se calcula sobre los créditos aprobados en primera matrícula el curso anterior, sean los correspondientes a todas las asignaturas o sólo a algunas.
NO existen requisitos económicos para beneficiarse de la bonificación. Todos los/as estudiantes de nuestro centro que cumplan los requisitos pueden acceder a esta bonificación con independencia de su situación económica.
También procede la bonificación para la realización de un segundo máster, siempre que el estudiante tenga créditos aprobados en primera matrícula en el máster realizado en el curso inmediatamente anterior.
Quienes hayan sido beneficiarios de una bonificación total o parcial en dos títulos de Máster, no podrán recibir bonificación en un tercero o sucesivos.
El/la estudiante podrá comenzar un segundo grado bonificándose los créditos aprobados en primera matrícula del curso anterior, ya haya cursado estudios de grado o de máster.
APLICACIÓN
Nuevo Ingreso
Aquellos/as alumnos/as de nuevo ingreso en nuestro Centro que tengan derecho a la bonificación por haber cursado otros estudios universitarios en un centro propio o adscrito a cualquier Universidad Pública de Andalucía en el curso anterior y hayan superado asignaturas en primera matrícula, se les aplicará de oficio la bonificación, una vez que recibamos en nuestra Secretaría la Certificación Académica Oficial por traslado de expediente.
Estos/as estudiantes deberán presentar en nuestra Secretaría, junto con el resto de documentación de matrícula, el justificante del pago de las tasas de traslado de expediente del otro centro universitario andaluz.
Hay que tener en cuenta, que la recepción en la Secretaría de la mencionada Certificación Académica Oficial por traslado suele demorarse en el tiempo, y por lo tanto, mientras no se reciba no se procederá a aplicar, en su caso, la bonificación.
No obstante lo anterior, los/as estudiantes que no deseen esperar a que se reciba en nuestra Secretaría la Certificación Académica Oficial del traslado, y que quieran que se les aplique la bonificación lo antes posible, podrán solicitarlo en la Secretaría mediante cita previa, presentando Certificación Académica donde consten todas las calificaciones del curso anterior y la matrícula de dicho curso.
Aquellos/as estudiantes que tengan derecho a la bonificación del 99% por cumplir los requisitos, y que no hayan realizado sus estudios de grado/máster en nuestro Centro, deberán solicitar expresamente en la Secretaría que se les aplique la bonificación en su matrícula.
A tal fin, deberán pedir cita previa para Secretaría y presentar la siguiente documentación:
- Instancia General solicitando la aplicación de la bonificación.
- Certificación Académica de las calificaciones en los otros estudios.
- Matrícula del curso correspondiente.
Continuación de Estudios
Se aplicará automáticamente la bonificación de la Junta de Andalucía, en el caso de que se tuviera derecho, en la matrícula de los/as alumnos/as de nuestro Centro que continúen los mismos estudios del curso anterior, si no se reúnen los requisitos necesarios para ser beneficiario de la beca del Ministerio (MEFP).
Pago Recibos y Domiciliaciones Bancarias
CONSULTA RECIBOS
Tanto la matrícula como los pagos que se han realizado se pueden consultar en sevius.us.es/datos, y una vez ahí, hay que ir al final de la página y se verán: los pdf de los distintos recibos, la fecha en la que se han abonado, los que quedan pendientes de abonar e incluso si existe alguna devolución pendiente de solicitar/cobra, ya que aparecerá una cantidad en negativo (-)
PAGO
Podrá consultar y hacer efectivo el pago de recibos a través de la plataforma web de gestión de recibos, accediendo a https://uxxi-ac.us.es/gestionRecibos e identificándose con el uvus, o con Certificado Digital.
Una vez se acceda al enlace y se identifique con el uvus, se deberá pinchar en Entrar en Gestión de Recibos, y a continuación seleccionar si se trata de pago de recibo de matrícula o de otros pagos (p.e. carta de pago de certificado académico…).
En dicha plataforma podrá consultar los recibos pendientes y los cobrados y abonar los recibos correspondientes mediante pago por recibo bancario o tarjeta bancaria por Redys.
- Si se elige la forma de pago mediante recibo bancario, se debe imprimir el recibo y pagarlo en cualquier sucursal del Banco Santander.
- Si se elige la forma de pago tarjeta bancaria, se realizará el pago mediante un TPV virtual. Únicamente tendrá que introducir los siguientes datos de la tarjeta: Número de la tarjeta; fecha de caducidad y CSV (Código Seguro de Verificación).
No es necesario que traiga a Secretaría el justificante del pago.
DOMICILIACIÓN
LA DOMICILIACIÓN DE LOS RECIBOS SE REALIZARÁ EN UNA CUENTA BANCARIA DE LA QUE EL ESTUDIANTE SEA TITULAR O COTITULAR.
No obstante, aquellos estudiantes que en cursos anteriores aportaron la Orden de Domiciliación de Adeudo Directo SEPA y no modifiquen la cuenta bancaria a efectos de domiciliación, no estarán obligados a cumplimentarla de nuevo mientras esta conserve su vigencia, con independencia de la titularidad de la cuenta
Se puede domiciliar o cambiar el número de cuenta para el pago de los recibos de matrícula:
- En el período de matrícula. A los estudiantes que no hubieran cumplimentado y entregado en años anteriores la Orden de Domiciliación de Adeudo Directo SEPA (o en caso de modificación de la cuenta bancaria), y elijan el pago fraccionado o la domiciliación como forma de pago en la modalidad de pago único, la citada Orden se les generará automáticamente en la aplicación de automatrícula al realizar su matrícula.
b) Durante todo el curso, las solicitudes de domiciliación de los recibos de matrícula se podrán presentar en la Secretaría del Centro mediante cita previa.
Se debe presentar una Instancia General, indicando claramente:
- Los 20 dígitos de la cuenta incluido el IBAN.
- Nombre, apellidos y DNI del alumno/a.
- Fotocopia del D.N.I. / Pasaporte de el/la alumno/a.
- Documento acreditativo de los datos bancarios.
Desde la Secretaría se expedirá la orden de domiciliación bancaria (SEPA) para que se cumplimente debidamente y la firme el estudiante. El SEPA se debe entregar en Secretaría con la firma original. Mientras que no se presente el SEPA en la Secretaría con la firma original del estudiante, los recibos de matrícula no podrán pasarse al cobro.
Mientras que no se presente el SEPA en la Secretaría con la firma original del titular, los recibos de matrícula no podrán pasarse al cobro.
Descuento por Familia Numerosa / Discapacidad
REQUISITOS
Los/as estudiantes beneficiarios del carné de Familia Numerosa o Certificado de Discapacidad disfrutarán de un descuento en la matrícula siempre y cuando cumplan los siguientes requisitos:
1.- Debe indicarse dicho descuento en la aplicación de Automatrícula seleccionando la casilla correspondiente.
2.- El título de familia numerosa/discapacidad debe estar en vigor dentro del plazo general de matrícula, establecido anualmente para cada curso académico. Ahora bien, si el estudiante obtiene el reconocimiento de persona con discapacidad con posterioridad al período de matrícula, pero con efectos de vigencia que incluya dicho período, se le aplicará la exención correspondiente.
Si dentro del plazo general de matrícula se está renovando o solicitando la expedición del título de familia numerosa, para poder beneficiarse del descuento (si finalmente se le concede la renovación o expedición), deberá indicar dicho descuento en la aplicación de Automatrícula. Una vez expedido el título de familia numerosa, deberá presentarlo en la Secretaría antes del 31 de diciembre.
3.- La Universidad de Sevilla consultará telemáticamente el título de familia numerosa o discapacidad del estudiante que alegue dicha condición en su matrícula, salvo que se opusiera a ello.
De no poder verificarse telemáticamente la condición, el Centro requerirá al estudiante que acredite documentalmente dicha condición. En este caso, debe acreditarse dicha condición de familia numerosa/discapacidad en la Secretaría mediante la presentación del título de familia numerosa vigente en el plazo ordinario de matrícula, o presentando el resguardo acreditativo de haber solicitado su expedición o renovación, que deberá aportarse antes del 31 de diciembre.
En caso de ser beneficiario del título de familia numerosa de categoría general, será necesario presentar el carné de familia numerosa junto con la resolución de reconocimiento de dicha condición en la que conste el número de miembros cuando en el carné no aparezca la relación completa de beneficiarios del título.
En caso de oposición a la consulta telemática, el estudiante deberá acreditar documentalmente su condición de familia numerosa.
IMPORTANTE: Los estudiantes miembros de familia numerosa categoría general, al formalizar su matrícula a través de la aplicación informática de Automatrícula, deberán especificar correctamente el código que les corresponde, ya que dicha aplicación contempla varios conceptos de deducción por familia numerosa:
Código 95: F.N.C General (3 hijos ó 2 -uno minusválido). De aplicación a estudiantes pertenecientes a una unidad familiar con un título de familia numerosa de categoría general compuesto por 3 o menos de 3 hijos.
Código 10: Familia Numerosa Categoría General. De aplicación a estudiantes pertenecientes a una unidad familiar con un título de familia numerosa de categoría general compuesto por 4 hijos.
En el supuesto de no acreditar dicha condición de familia numerosa se eliminará de su matrícula la exención.
Para cualquier consulta a este respecto puede contactar con Secretaría a través del correo electrónico fce-gealumnos@us.es.
Becas y Ayudas
CONVOCATORIA DE BECA MEFP CURSO 2024-25
- Resolución de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se convocan becas de caráter general para el curso académico 2024-2025 para estudiantes que cursen estudios postobligatorios.
- Plazo: Del 19 de marzo al 10 de mayo de 2024 estará abierto el plazo de solicitud de Becas de la Convocatoria General del Ministerio de Educación y Formación Profesional.
- Principales novedades:
-Incremento en un 5% de los umbrales de renta familiar para tener derecho a beca.
-Se añaden a las exclusiones en el cómputo de los rendimientos patrimoniales las subvenciones recibidas
para el alquiler de la vivienda habitual
- La solicitud se cumplimentará en la Sede Electrónica del Ministerio:
https://sede.educacion.gob.es/sede/login/inicio.jjsp?idConvocatoria=2076
https://www.becaseducacion.gob.es/becas-y-ayudas.html
Para cualquier aclaración sobre la convocatoria puede dirigirse al Servicio de Becas/Área de Estudiantes (serviciodebecas@us.es)
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RESOLUCIÓN DEFINITIVA CONVOCATORIA DE BECAS DE CARÁCTER GENERAL MEFP CURSO 2023-24
Se ha publicado en la página web del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes la Resolución Definitiva de la convocatoria de becas de carácter general del MEFPD para el curso 2023- 2024, así como los listados de los becarios de la citada convocatoria con el importe de las ayudas concedidas.
Los interesados pueden acceder a la Resolución y a los listados en el siguiente enlace habilitado por el MEFPD:
Aquellos solicitantes de becas de convocatoria general que no figuren en los referidos listados tienen su solicitud de beca denegada, según se establece en el art. 52.7 de la Resolución de la Secretaría de Estado de Educación de 15 de marzo de 2023 que regula esta convocatoria.
Los estudiantes cuya solicitud haya sido denegada o que no estén conformes con las cuantías concedidas podrán presentar Recurso de Reposición desde el día 21 de marzo al 22 de abril de 2024, ambos inclusive. Este Recurso se dirigirá a la Universidad de Sevilla.
CONVOCATORIA DE AYUDAS AL ESTUDIO DE LA UNIVERSIDAD DE SEVILLA PARA EL CURSO 2022-2023
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Del día 10 al 21 de abril de 2023, ambos inclusive, estará abierto el plazo de presentación de solicitudes.
Para más información puede escribir a fce-gealumnos@us.es